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jueves, 30 de septiembre de 2021

EUSKALFIBRA SANCIONADA POR LA INSPECCIÓN

Fuente: ESK.   https://www.esk.eus/movistar/index.php/es/contratas/marea-azul/742-euskalfibra-sancionada-por-la-inspeccion

Hoy recibimos una buena noticia dentro del sector de las telecomunicaciones, la empresa EUSKALFIBRA ha sido sancionada por la inspección de trabajo de Bizkaia tras la denuncia interpuesta por el SINDICATO ESK

Llevábamos mucho tiempo detrás de una empresa que fomenta la esclavitud y la precariedad como su modus operandi habitual, y si bien otras veces parece ser que se había librado, en esta ocasión no ha sido así.

Si algo ha podido certificar inspección de trabajo a lo largo de casi un año de actuaciones inspectoras y requerimientos a esta empresa es que sistemáticamente vivían como Steven Seagal en la película ….”por encima de la ley”.

Pues bien, entre las irregularidades detectadas ha quedado acreditado que: 

Desde 2015 hasta el día de hoy tenían unas bases de cotización SUSTANCIALMENTE inferiores a las establecidas en el convenio de la siderometalurgia de Bizkaia puesto que aplicaban un convenio extraestatutario no acordado con nadie puesto que no disponen de Comité de empresa ni delegados de personal 

La empresa presentaba un registro de jornada en papel nada fiable según las actuaciones inspectoras

- Fraude a la seguridad social en materia de horas extraordinarias no pagadas ni declaradas

- Fraude en no otorgar a los trabajadores su derecho al disfrute del exceso de jornada 

- Trabajadores con horas extras realizadas por encima de las 80 máximas que marca el convenio 

 

Entre las curiosidades que se han acreditado a esta empresa, hay algún trabajador que en menos de 6 meses y habiendo disfrutado de vacaciones, sin hacer guardias ya había acumulado más de la mitad de la jornada anual que marca el convenio……trabajadores incluso con 80 horas semanales trabajadas. El argumento empresarial era que si un trabajador pedía libre lo concedían sin problema

También es curioso como indica la empresa que para compensar estos excesos de calendario y fraudes en las horas extraordinarias , ellos otorgaban a algún trabajador un plus reflejado en nómina como “ plus empresa”. Y a quien se le otorgaba ese plus? Según la empresa a los trabajadores “ que valen”.

Desde ESK entendemos que ese término “los que valen” es lo que se otorga a los trabajadores amigos de los dos dueños de esta empresa. Para los amigos Plus, y para el resto…..látigo y precariedad

La conclusión de inspección en esta resolución ha sido muy clara 

- Abonar y actualizar las nóminas de los trabajadores y trabajadoras que se encontraban sufriendo ese fraude 

- Declarar, cotizar y pagar todas las horas extras realizadas

- Registrar la jornada diaria en un sistema fiable y eficaz tal y como indica la sentencia Europea

En nuestro argot sindical lo que vienen a decirles es : EUSKALFIBRA! No sean piratas y paguen a las y los trabajadores.

Por todo ello nos alegramos de que esta vez la inspección de trabajo haya sido valiente al sancionar contundentemente a estas empresas que no hacen más que destrozar un sector cada vez más precarizado por las grandes contratas y operadoras de telefonía, pero pedimos esa misma valentía cuando las denuncias vayan dirigidas contra multinacionales como pueden ser COMFICA, ELECNOR Y TELEFONICA por ser las auto proclamadas como garantes del orden y equilibrio en el sector. 

Desde ESK mandamos un aviso al resto de contratas de similar comportamiento a EUSKALFIBRA, a nosotras nos van a tener en frente siempre luchando por acabar con estas prácticas abusivas, y a los trabajadores de Euskalfibra les pedimos que sean valientes y denuncien estas prácticas abusivas, que cada vez que tengan un problema acudan a ESK para lo que necesiten, porque nos tienen a mano💪💪💪.

Lo más triste de todo esto es que estas prácticas eran de sobra conocidas por personal de Comfica que por afinidad miraban para otro lado. No podemos saber la cantidad de la sanción porque no somos el comité de Euskalfibra (no existe). Por suerte nosotras miramos de frente y no dejamos que las ramas nos impidan ver el bosque.

GORA LANGILEEN BORROKA

lunes, 27 de septiembre de 2021

Anulada en el juzgado la sanción de EFF Las Palmas a un trabajador que se había presentado a trabajar sin estar informado de la ampliación del ERTE

Anulada en los juzgados la sanción que la subcontrata de Telefónica, EFF, había impuesto a un trabajador del centro de Lanzarote por haberse presentado a trabajar durante periodo de ERTE utilizando el coche de la empresa. La empresa había ampliado el ERTE del trabajador sin que él tuviese conocimiento y la jueza así lo considera.

El 7 de abril de 2020 al empresa comunicó al trabajador su inclusión en el ERTE de 1246 contratos y 4 reducciones de jornada. Le informó de que la suspensión del contrato de trabajo tendría lugar desde el 8 de abril al 22 de abril, y que se tendría que incorporar el 23 de abril.

La empresa argumentó ante la jueza que el 22 de abril de 2020, comunicó al trabajador la ampliación desde el 23 de abril de 2020 al 7 de mayo de 2020. Sin embargo, lo hizo por correo corporativo, que tenían bloqueado, por lo que el compañero no lo recibió. El trabajador recibió el mail al día siguiente, posteriormente a la fecha prevista de incorporación.

El trabajador contestó al mail el mismo 23 de abril con un "recibido pero no conforme". El 28 de mayo recibió un escrito de la empresa comunicándole que procedía a sancionarle con tres faltas leves, dos faltas graves y tres faltas muy graves con suspensión de empleo los días 3 y 4 de junio.

La jueza considera que no quedan probados los argumentos de la empresa y en cambio sí queda acreditado que el trabajador recibió el correo el día 23 de abril, con posterioridad a que se hubiese incorporado a su trabajo. Por tanto, considera que no hay prueba de que el trabajador haya desobedecido ninguna orden, ya que no tenía conocimiento de la ampliación del ERTE.
 
Este es un nuevo ejemplo de las injusticias y abusos de poder a los que se ven sometidos los y las trabajadoras subcontratadas de  Telefónica Movistar. La empresa, no contenta con poner al trabajador en ERTE y con ampliarlo sin informarle debidamente, encima lo sanciona por ir a trabajar.
 
No tienen el mínimo respeto por trabajadores y trabajadoras que han estado trabajando en los momentos más duros de la pandemia, poniendo en riesgo su salud, y que han contribuido a la los impactos de la misma fueran los mínimos para la empresa. Desde aquí, celebramos que los juzgados hayan dado la razón a nuestro compañero, quien ha sido culpabilizado y sancionado por un error de comunicación imputable a la empresa.

Desestimada la demanda interpuesta por Cotronic por "huelga ilegal" contra su comité de empresa de Barcelona por incompetencia objetiva

El juzgado social nº 3 de Sabadell (Barcelona) ha dictado sentencia sobre la demanda interpuesta por COTRONIC contra su Comité de Empresa: “Estimando la excepción de incompetencia objetiva para resolver el proceso de conflicto colectivo que dio origen a las presentes actuaciones a instancias de CONSTRUCCIONES DE LAS CONDUCCIONES DEL SUR, SAU frente al COMITÉ DE EMPRESA DE CENTRO DE TRABAJO DE BARCELONA compuesto por (…) en la que se interesaba la declaración de ilicitud de huelga y reclamación por daños, por corresponder a Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, procede la desestimación de la demanda.”

“La demanda que dio origen de estas actuaciones se dirige frente a comité de empresa y tiene como pretensión que se declare el carácter ilegal de la huelga indefinida convocada el 31.3.2021 condenando a los demandados a estar y pasar por los efectos de esta declaración y condenando a los mismos al abono de una indemnización por daños y perjuicios de 15.000.-€ por día de huelga correspondiente a la cantidad dejada de facturar como consecuencia del paro en el trabajo ilegal.”

A fecha del presente juicio y tras 5 jornadas de huelga realizadas por la plantilla de COTRONIC, la indemnización solicitada por daños y perjuicios asciende a 90000 euros.

El Comité de Empresa manifestó en la mediación ante el Tribunal Laboral de Catalunya: "La parte social manifiesta que COTRONIC pretende lograr una desconvocatoria de huelga que es inaceptable. El hecho de poner una demanda para declarar una huelga ilegal en los términos en que ha sido planteada y solicitar además una indemnización por daños y perjuicios a los convocantes de la huelga denota el carácter espurio de dicha demanda que pretende servir de coacción a los convocantes de la huelga para que la desconvoquen, lo que supone un grave atentado al derecho fundamental a la huelga y si no la retira de inmediato, el Comité de Empresa nos reservamos las acciones legales oportunas."

El Comité de Empresa solicitó a la magistrada la condena en temeridad de la parte actora derivada de su actuación procesal, al presentar demanda carente de fundamento con el único objetivo de intimidar al comité de empresa con la reclamación indemnizatoria, solicitando la condena al abono de honorarios de letrado que cuantificó en 2.000.-€

El Comité de Empresa ha manifestado que esperan con que COTRONIC desista en sus acciones represivas contra los Representantes de los Trabajador@s por ejercer su derecho a una huelga “absolutamente legal” y no presente nueva demanda ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya; centrando todas sus energías en llegar a un acuerdo que garantice los derechos de la plantilla y el fin al conflicto laboral.

jueves, 23 de septiembre de 2021

Segundo varapalo judicial a Cotronic por sancionar a trabajadores que reclaman la plataforma elevadora (PEMP)

Cotronic condenada a indemnizar a dos trabajadores con 10.000 y 6.251EUR, a los que sancionó injustamente por solicitar la Plataforma Elevadora para Trabajos en Altura.   

No hace ni un día que la justicia condenaba a COTRONIC a retirar una sanción impuesta injustamente y a indemnizar con 6251 a un trabajador de Barcelona, cuando nos despertamos con otro nuevo varapalo contra la empresa por el mismo motivo, negativa empresarial al uso de Plataforma Elevadora (en adelante PEMP).
 
El juzgado social nº 3 de Sabadell (Barcelona) ha condenado a COTRONIC a indemnizar a dos trabajadores con 10.000 y 6.251 euros respectivamente por vulnerar sus derechos fundamentales porque solicitaron una PEMP para realizar trabajos en altura en postes de telefónicos. La empleadora también tendrá que retornar íntegramente los 15 días sin empleo y sueldo por los que fueron sancionados injustamente.

La indemnización de uno de los trabajadores es más elevada porque es miembro del Comité de Empresa y dicta la magistrada “la empresa debió cumplir con las garantías previstas en art. 68ª) TRLET esto es, la apertura de expediente contradictorio en el que debían ser oídos, aparte del interesado, el comité de empresa”. Resulta cínico que COTRONIC no reconociese a este trabajador como miembro del Comité cuando dos días antes del juicio por sanción, se celebraba otro donde la empresa lo había demandado por huelga ilegal y le solicitaba 90.000 euros de indemnización junto a sus compañeros del Comité.
 
A mayor abundamiento, dicta la magistrada: “Quien suscribe considera que la aplicación del régimen disciplinario y la imposición de sanción por falta muy grave y grave por reclamar la aplicación del protocolo en trabajos en altura tiene una relación directa con la reclamación del comité de empresa, y de los propios instaladores, en materia preventiva según se desprende del relato de hechos probados.” 

Tras varios años de requerimientos por parte de la Inspección de Trabajo por no priorizar en los trabajos en altura la PEMP y una sanción, a instancias de denuncias del Comité de Empresa, COTRONIC decidió unilateralmente iniciar una campaña de represión contra su plantilla que se culminó con más de 80 sanciones a 60 trabajadores entre febrero y marzo de 2020.

Ante la tozudez y valentía de sus trabajador@s por no arriesgar sus vidas con las escaleras y solicitar la PEMP siempre que fuera posible por no generar riesgos adicionales, COTRONIC, en lugar de dotar con este medio auxiliar a la plantilla, tal y como marca la legislación vigente, optó por culpar de la acumulación de trabajo a sus trabajador@s, sancionándolos indiscriminadamente y amedrentándolos con comunicados masivos.


COTRONIC enmascaró como faltas laborales las reclamaciones de PEMP realizadas por los trabajadores que fueron tomados como cabeza de turco (junto a otros compañeros) para amedrentar a la plantilla intentando obtener COTRONIC de esta manera el cese de las solicitudes de dicha PEMP.


Es importante recalcar que COTRONIC ofreció antes de entrar a juicio la retirada de ambas sanciones pero los trabajadores se mantuvieron firmes y no aceptaron, ahora se ha hecho justicia. Compañeros sois un ejemplo a seguir y vuestra valentía con toda seguridad servirá para que se eviten muchos accidentes laborales y muchas muertes.




















miércoles, 22 de septiembre de 2021

COTRONIC CONDENADA A INDEMNIZAR CON 6251 EUROS A UN TRABAJADOR INJUSTAMENTE SANCIONADO POR SOLICITAR PLATAFORMA ELEVADORA PARA REALIZAR TRABAJOS EN ALTURA.

 COTRONIC CONDENADA A INDEMNIZAR A UN TRABAJADOR CON 6251 EUROS QUE SANCIONÓ INJUSTAMENTE POR SOLICITAR PLATAFORMA ELEVADORA PARA REALIZAR TRABAJOS EN ALTURA.

El juzgado social nº 1 de Sabadell (Barcelona) ha condenado a COTRONIC a indemnizar a un trabajador con 6251 euros por vulnerar sus derechos fundamentales porque solicitó una plataforma elevadora (en adelante PEMP) para realizar trabajos en altura en postes de telefónicos.  La empleadora también tendrá que retornar íntegramente los 21 días sin empleo y sueldo con los que sancionó injustamente al trabajador.

Tras varios años de requerimientos por parte de la  Inspección de Trabajo por no priorizar en los trabajos en altura la PEMP y una sanción, a instancias de denuncias del Comité de Empresa, COTRONIC decidió unilateralmente iniciar una campaña de represión contra su plantilla que se culminó con más de 80 sanciones a 60 trabajadores entre febrero y marzo de 2020.

Ante la tozudez y valentía de sus trabajador@s por no arriesgar sus vidas con las escaleras y solicitar la PEMP siempre que fuera posible por no generar riesgos adicionales, COTRONIC, en lugar de dotar con este medio auxiliar a la plantilla, tal y como marca la legislación vigente, optó por culpar de la acumulación de trabajo a sus trabajador@s,  sancionándolos indiscriminadamente y amedrentándolos con comunicados masivos.

COTRONIC enmascaró como faltas laborales las reclamaciones de PEMP realizadas por el trabajador que fue tomado como cabeza de turco para amedrentar a la plantilla intentando obtener COTRONIC de esta manera el cese de las solicitudes de dicha PEMP.

Dicta el Magistrado, “De lo expuesto y razonado se desprende que, por una parte la referencia genérica a una disminución del rendimiento de una forma genérica y sin concreción de entidad y períodos, y la consideración de situación de riesgo para la seguridad e integridad física del trabajador en que se fundó la respuesta del mismo en la que la empresa basa la sanción, ya determinarían que la sanción impuesta fuera declarada como injustificada, con un efecto revocatorio de la misma. Sin embargo, existiendo los indicios, como ya se ha indicado anteriormente, acerca de una vulneración del derecho o garantía de indemnidad, por las reiteradas denuncias formuladas ante ITSS en materia de prevención de riesgos laborales y que culminaron en diversos requerimientos a la empresa, que no fueron atendidos, como se ha reseñado en la declaración de hechos probados, y que dieron lugar a la extensión de acta de infracción e imposición de sanción a la empresa, se concluye que existe indicio suficiente, no destruido por la parte demandada, de que la sanción impuesta al trabajador, dentro de un marco plural de imposición de sanciones a una pluralidad de trabajadores, es una actitud reactiva de la empresa frente a las reivindicaciones efectuadas en materia de riesgos laborales, lo que, seguido de una ausencia de justificación objetiva y razonable de la medida disciplinaria adoptada por la empresa, determina que se aprecie la vulneración del derecho fundamental al derecho o garantía de indemnidad, en el ámbito del artículo 24 CE, lo cual conlleva la declaración de la sanción como nula, conforme al artículo 115.1.d) LRJS, con los efectos inherentes a dicha declaración.

 

El Comité de Empresa de COTRONIC queremos agradecer a este compañero y a tantos otros que han sufrido represalias y sanciones su valentía en defensa de los derechos laborales. Son muchos los juicios por sanciones que quedan pendientes y esperamos que se haga justicia como en esta ocasión.


¡Solo tenemos una vida, que no te la arrebate tu empresa!






























lunes, 13 de septiembre de 2021

COTRONIC BARCELONA: SEGUIMOS BATALLANDO CONTRA LAS SANCIONES POR SOLICITAR EL USO DE PEMP.

 

COMUNICADO COMITÉ DE EMPRESA DE COTRONIC BARCELONA


Tras el juicio celebrado el pasado martes en el juzgado social 3 de Sabadell donde COTRONIC (CONTRATA DE TELEFÓNICA-MOVISTAR) solicitó 90.000 euros al Comité de Empresa por “huelga ilegal”, el jueves 9 se celebró otro juicio contra las sanciones a dos trabajadores de COTRONIC.

En febrero de 2020, dos trabajadores (uno de ellos miembro del Comité de Empresa) fueron sancionados 15 días sin empleo y sueldo por solicitar una Plataforma Elevadora (en adelante PEMP) para realizar trabajos peligrosos en altura y sustituir una acometida exterior que iba por aproximadamente 8 postes y que estaba averiada.

COTRONIC preparó una emboscada a los trabajadores indicando que dicha solicitud de PEMP no estaba justificada porque el fallo de la avería se encontraba en el teléfono del cliente, algo muy sorprendente pues por esta avería habían pasado muchos compañeros y ninguno se había “percatado” de algo tan evidente y sencillo como es cambiar un terminal a pesar de ser profesionales con una antigüedad de más 15 años. Dicha emboscada tenía las patas muy cortas y el cliente volvió a reclamar porque la línea continuaba fallando, la avería no se encontraba en el teléfono.

COTRONIC, en aras de que no se destapase dicha emboscada, envío a otros dos trabajadores a reparar la avería, con tan “mala suerte” que éstos viendo que podían ser sancionados como sus compañeros por pedir nuevamente la PEMP, solicitaron la presencia del Delegado de Prevención quien concluyó que dichos trabajos debían hacerse con PEMP y no con escalera.

Finalmente COTRONIC no pudo dilatar más la mentira y envió a personal del departamento de planta exterior a cambiar la acometida, probablemente con escaleras y sin adoptar las medidas de seguridad correspondientes.

Cabe recalcar que COTRONIC ha sido requerida en 4 ocasiones por la Inspección de trabajo por priorizar las escaleras frente a la PEMP, en contra de la legislación vigente, y finalmente fue sancionada por los mismos hechos.

Pero lo que aflora sin lugar a dudas que todo ha sido una emboscada contra un miembro del Comité de Empresa y otro trabajador, a la par que un aviso a todos los y las trabajadoras de COTRONIC para que solicitasen PEMP, es que ayer la dirección de la empresa intentó convencer a la Magistrada que este trabajador no era miembro del Comité, cuando dos días antes había sentado en el banquillo de los demandados frente a la misma jueza a dicho miembro del Comité pidiéndole 90.000 euros por huelga ilegal.

Es importante recalcar que antes de entrar a juicio, COTRONIC ofreció a ambos trabajadores la devolución económica íntegra retirada por las sanciones, pero los trabajadores se mantuvieron firmes negándose a percibirlo, pues el daño ya estaba hecho y aceptar el dinero hubiese neutralizado las reclamaciones por parte de los trabajadores/as de COTRONIC desde hace más de 3  años reclamando PEMP para no poner sus vidas en riesgo. Entraron a juicio solicitando una indemnización por vulneración de derechos fundamentales de 25.000 euros para el miembro del Comité y de 10.000 para su compañero.

Queremos dar las gracias a estos dos compañeros por la valentía demostrada, sois un ejemplo a seguir. Así mismo, esperamos que se haga justicia y COTRONIC sea sancionada por estas actitudes absolutamente despreciables.


LA LUCHA ES EL ÚNICO CAMINO


viernes, 3 de septiembre de 2021

COTRONIC: LA DIRECCIÓN CONTRAATACA CON UNA DEMANDA POR HUELGA ILEGAL CONTRA LA PLANTILLA EN LUCHA.

 

COMUNICADO COMITÉ DE EMPRESA DE COTRONIC BARCELONA

(CONTRATA DE TELEFÓNICA-MOVISTAR)



Compañeros y compañeras:

Como ya sabéis, la plantilla de COTRONIC iniciamos el pasado 31 de marzo de 2021 una huelga indefinida, el último día laborable de cada mes.

Los motivos que nos llevaron a realizarla fueron varios. El primero, que la empresa se negó a prorrogar el anterior acuerdo desconvocatoria de huelga vigente para los años 2019/2020 (que nos costó 6 meses de huelga indefinida) y que vulneró constantemente. El segundo, porque desde que COTRONIC fue comprada por el GRUPO COBRA, el nivel de represión y de vulneración de nuestros derechos laborales se incrementó exponencialmente, acabando con más de 80 sanciones a 60 trabajadores. Y el tercero que COTRONIC subrogó ilegalmente a 6 compañeros como represalia y como advertencia para el resto.

Decidimos que realizaríamos la huelga de manera asamblearia, como no podía ser de otra manera, la asamblea es soberana y el Comité de Empresa la convocó.

COTRONIC contraatacó amenazando al Comité de Empresa con una demanda judicial por “huelga ilegal” donde nos solicita 15000 euros por cada jornada de huelga realizada, actualmente 90000 euros, porque llevamos cinco.

Tras asesorarnos con varios gabinetes jurídicos y trasladarnos que era un sin sentido y que la voluntad de COTRONIC es reprimir y asustar al Comité de Empresa porque se trata de una huelga absolutamente legal, decidimos que nos debíamos a la voluntad de la asamblea y, por tanto, teníamos que realizar dicha huelga.

Que unos trabajadores y trabajadoras mileuristas, elegidos por toda la plantilla para que los representen, sean amenazados por la empresa con 90000 euros (por el momento) por realizar una HUELGA ABSOLUTAMENTE LEGAL, decidida por la plantilla, es una INJUSTICIA y ha sido una espada de Damocles que nos ha acompañado todo el verano.

Aunque sois muchos y muchas los que nos habéis apoyado en nuestras jornadas de huelga frente a TELEFÓNICA-MOVISTAR, os pedimos que nuevamente estéis a nuestro lado, acompañándonos en los JUZGADOS DE SABADELL (Av. Francesc Macià, 34) el próximo MARTES 7 DE SEPTIEMBRE DE 2021 A LAS 11:00 HORAS.



LA UNICA LUCHA QUE SE PIERDE ES LA QUE SE ABANDONA



LA SOLIDARIDAD, NUESTRA MEJOR ARMA