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viernes, 3 de septiembre de 2010

Reforma Laboral HG29S


Comunicado de la Coordinadora de Comités de Empresa de Contratas de Telecomunicaciones

La llegada de la CRISIS ECONÓMICA, las ayudas directas o indirectas a las grandes empresas y el rescate a los bancos por parte de los gobiernos, entre ellos el español, empeñando en ello inmensas cantidades de dinero público, han producido un incremento del déficit público. Nada de lo anterior ha sido responsabilidad de los y las trabajadoras, sino que ha sido generado o decidido por los que mandan en el Mundo (los grandes bancos y multinacionales) y respaldado por los respectivos gobiernos. En cambio, muy poco se hizo para frenar el rapidísimo incremento del paro que, en los últimos 2 años, llevó a más de 2,5 millones de trabajadoras y trabajadores españoles a que perdieran su empleo.

Parece increíble, pero los mismos que han producido la Crisis, los mismos que han recibido el ‘dinero de todos’ para ser reflotados, una vez fuera de peligro, dicen ahora que el déficit de estos países es inadmisible y exigen a los gobiernos que apliquen políticas de hierro contra los trabajadores y contra las poblaciones.

A pesar de lo injusto que es, los gobiernos, da igual que sean de los grupos socialista o popular europeos, han iniciado en sus países una serie de recortes sociales, de reformas laborales y de las pensiones, etc. La misma política económica que ha producido la Crisis vuelve a aplicarse para ayudar a los de arriba a costa de los de abajo.

Así en el Estado Español, en Enero 2009 se aprueba el Plan austeridad (50.000 mll. Eur. de recortes); poco después nos sacan una propuesta de Pensionazo (retraso hasta los 67 años y rebaja en el cálculo), que ante las protestas queda en suspenso. En Mayo de 2010 aprueban el Plan ajuste (15.000 mll. Eur. más de recorte, eliminando prestaciones sociales, reduciendo salarios de trabajadores públicos, congelando pensiones, etc). Y en Junio se lanza la Reforma laboral.

LA REFORMA LABORAL: ¿Ha sido aprobada ya?: El llamado ‘Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo’, fue votado en el Parlamento el 22 de junio de 2010, con los votos de grupo PSOE y la abstención de PP, CiU, PNV, CC, UPyD. En contra sólo se pronunciaron ERC, IU-ICV y Nafarroa Bai. En este momento, está pendiente de la tramitación en el Senado.

¿Qué se busca con esta Reforma Laboral?: Según se dice en el texto de la Ley, “Esta reforma tiene como objetivo esencial contribuir a la reducción del desempleo”. Sin embargo, el propio Zapatero reconocía que esta reforma no será "la palanca decisiva" para crear empleo. Igualmente, el ministro Corbacho resaltaba que “sería un error imputar a la reforma laboral la creación de empleo” y explicaba que “el empleo lo genera y lo destruye la economía”…
Pero entonces, ¿qué efecto va a tener la Reforma Laboral?: Pese a que el gobierno lo intente disimular (y siga insistiendo en que el abaratamiento del despido no es el objetivo de esta reforma), el texto incluye la posibilidad de que las empresas puedan llevar a cabo despidos con una indemnización de hasta 20 días por año trabajado y un máximo de una anualidad –frente a los actuales 45 días, con un máximo de cuatro años de sueldo–. Además de favorecer que las empresas tengan aún más posibilidades para la modificación de las condiciones laborales así como un ataque a la negociación colectiva y a la representación sindical.


RESUMEN DE MEDIDAS:

A) SOBRE CONTRATACIÓN:
Generalización del nuevo ‘contrato de FOMENTO’ dejando a extinguir el ‘contrato ORDINARIO’. Así, en caso de despido improcedente la cuantía del despido será de 33 días por año trabajado y un máximo de 24 meses (en vez de los 45 días y 42 mensualidades).
En contratación temporal no se adoptan medidas eficaces. Por ejemplo, se sigue permitiendo el encadenamiento de contratos POR OBRA, aunque acotadas en el tiempo (3 años ).
Se amplían las posibilidades de emplear las modalidades del contrato de FORMACIÓN y del contrato en PRÁCTICAS, destinadas a jóvenes, pero ya no tan jóvenes (puede emplearse a colectivos de hasta 25 años). Se trata de contratos de salarios por debajo del SMI y de los mínimos en convenio, compensados con formación teórica, un certificado profesional de valor simbólico y una minúscula prestación por desempleo.

B) SOBRE EL DESPIDO:
Se flexibiliza el despido por causas económicas y se amplían por causas técnicas, organizativas y productivas. Se admite una posible previsión financiera negativa como motivo de despido.
Se abarata el despido de los 45 a los 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades. Con justificar el despido por causas objetivas es suficiente.
Parte del despido declarado improcedente corre a cargo de FOGASA, concretamente 8 días, pero el pago sigue siendo diferido.
Facilita el despido objetivo, colectivo, con una justificación muy laxa, permitiendo el despido por 20 días (que serán 12 para el empresario, al aportar el FOGASA los 8 días restantes). Además, se prevé que próximamente se implante el Fondo de capitalización individual de la indemnización, sin incrementar las cuotas empresariales, con lo que así el coste del despido lo pagarán con su salario indirecto el resto de trabajadores, en detrimento de los recursos de la Seguridad Social.

C) SOBRE INTERMEDIACIÓN:
Se legaliza la intervención de las agencias de colocación privadas (con ánimo de lucro) atribuyéndoseles funciones de competencia administrativa que debieran residir exclusivamente a la administración Pública.
Las ETT podrán realizar contratos en actividades que tenían hasta ahora prohibidas (Administración, Construcción, y profesiones peligrosas).



MEDIDAS QUE PUEDEN AFECTAR A LOS CONVENIOS COLECTIVOS EN VIGOR:

D) MOVILIDAD GEOGRÁFICA
Supone un claro incremento del poder del empresario a la hora de adoptar medidas de flexibilidad, se establece un periodo de consultas de 15 días improrrogables y en caso de no llegar a un acuerdo se procederá a llevar a cabo la mediación arbitral.

E) MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO (ART. 41 E.T.)
Se amplían las causas para la modificación de las condiciones de trabajo argumentando únicamente que son causas para mejorar la situación de la empresa a través de una adecuada organización de sus recursos.
Se introduce la posibilidad de la distribución irregular del tiempo de trabajo y horario.
En caso de rechazar las nuevas condiciones individuales se podrá extinguir el contrato a razón de 20 días por año trabajado y un máximo de 9 mensualidades.
En el caso de modificaciones de las condiciones de trabajo colectivas, se establece un periodo de consulta de 15 días improrrogables, y de no llegar a un acuerdo será necesario acudir a los procedimientos de mediación.

F) CLÁUSULA DE INAPLICACIÓN SALARIAL.
Las empresas podrán aludir por razón de la situación y perspectivas económicas la inaplicación salarial.
De no llegar a un acuerdo, será de aplicación el procedimiento establecido por el art. 41.7 E.T., es decir laudo arbitral.
Con estas medidas se vacían de contenido los convenios colectivos de manera considerable.
La Reforma Laboral abre las puertas a la liquidación de la propia NEGOCIACIÓN COLECTIVA, del papel que juegan las organizaciones de los trabajadores y del propio Estatuto de los Trabajadores, imponiéndose un modelo de individualización de la relación salarial en el que los empresarios puedan negociar frente a los trabajadores sin tener que verse constreñidos por convenios colectivos o regulaciones laborales.








¿QUÉ PODEMOS HACER? ¿SE PUEDE PARAR LA REFORMA?

Está claro que esta Reforma Laboral nos afectará de lleno en las condiciones laborales, en los contratos y en los despidos en el sector de las Telecomunicaciones. Por eso y ante todo, no es momento de quedarse pasivos (eso desearían los empresarios y los que mandan). Debemos saber que tienen preparadas medidas todavía más duras y si no hay respuesta adecuada, estas medidas vendrán seguidas de otras más.

El próximo 29 de Septiembre, todas las fuerzas sindicales del país hacen un llamamiento a una HUELGA GENERAL. Esta huelga no es para favorecer a los sindicatos, sino para rechazar esta Reforma y evitar que nos sigan quitando derechos. Los principales afectados por estas medidas y por las que vengan después somos los propios trabajadores y trabajadoras. Los culpables de las mismas, los que se beneficiarán de ellas, son los responsables de la crisis: los poderes económicos. También son responsables los gobiernos por no atreverse a frenar la avaricia de los grandes capitales y por ceder ahora a sus exigencias y hacer que los platos rotos los paguemos los de abajo.

La HG 29-S es el comienzo de una lucha previsiblemente larga. Un proceso de movilizaciones sostenido en el tiempo más allá de esa fecha. Apoyar la HG no es un acto testimonial. La Reforma Laboral se puede frenar (ya se hizo con el decretazo del PP en 2002). Todo va a depender del nivel de la movilización. También dependerá de la movilización de los y las trabajadoras la mayor o menor ‘alegría’ del gobierno para llevar a cabo nuevos planes de recortes.

Para nuestro sector de las Telecomunicaciones, dónde venimos sufriendo desde hace tiempo despidos, pérdida de condiciones laborales, máxima precariedad y explotación… y dónde queremos avanzar haciendo realidad un Convenio Marco de Sector, esta Reforma viene a reforzar a las patronales para intentar tenernos aún más débiles y sumisos. Por eso, la HG 29-S es una buena ocasión de demostrar que de nosotros y nosotras depende el desarrollo de la actividad. Y que sin nosotros ESTE SECTOR SE PARA.


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