lunes, 27 de septiembre de 2021

Desestimada la demanda interpuesta por Cotronic por "huelga ilegal" contra su comité de empresa de Barcelona por incompetencia objetiva

El juzgado social nº 3 de Sabadell (Barcelona) ha dictado sentencia sobre la demanda interpuesta por COTRONIC contra su Comité de Empresa: “Estimando la excepción de incompetencia objetiva para resolver el proceso de conflicto colectivo que dio origen a las presentes actuaciones a instancias de CONSTRUCCIONES DE LAS CONDUCCIONES DEL SUR, SAU frente al COMITÉ DE EMPRESA DE CENTRO DE TRABAJO DE BARCELONA compuesto por (…) en la que se interesaba la declaración de ilicitud de huelga y reclamación por daños, por corresponder a Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, procede la desestimación de la demanda.”

“La demanda que dio origen de estas actuaciones se dirige frente a comité de empresa y tiene como pretensión que se declare el carácter ilegal de la huelga indefinida convocada el 31.3.2021 condenando a los demandados a estar y pasar por los efectos de esta declaración y condenando a los mismos al abono de una indemnización por daños y perjuicios de 15.000.-€ por día de huelga correspondiente a la cantidad dejada de facturar como consecuencia del paro en el trabajo ilegal.”

A fecha del presente juicio y tras 5 jornadas de huelga realizadas por la plantilla de COTRONIC, la indemnización solicitada por daños y perjuicios asciende a 90000 euros.

El Comité de Empresa manifestó en la mediación ante el Tribunal Laboral de Catalunya: "La parte social manifiesta que COTRONIC pretende lograr una desconvocatoria de huelga que es inaceptable. El hecho de poner una demanda para declarar una huelga ilegal en los términos en que ha sido planteada y solicitar además una indemnización por daños y perjuicios a los convocantes de la huelga denota el carácter espurio de dicha demanda que pretende servir de coacción a los convocantes de la huelga para que la desconvoquen, lo que supone un grave atentado al derecho fundamental a la huelga y si no la retira de inmediato, el Comité de Empresa nos reservamos las acciones legales oportunas."

El Comité de Empresa solicitó a la magistrada la condena en temeridad de la parte actora derivada de su actuación procesal, al presentar demanda carente de fundamento con el único objetivo de intimidar al comité de empresa con la reclamación indemnizatoria, solicitando la condena al abono de honorarios de letrado que cuantificó en 2.000.-€

El Comité de Empresa ha manifestado que esperan con que COTRONIC desista en sus acciones represivas contra los Representantes de los Trabajador@s por ejercer su derecho a una huelga “absolutamente legal” y no presente nueva demanda ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya; centrando todas sus energías en llegar a un acuerdo que garantice los derechos de la plantilla y el fin al conflicto laboral.

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