viernes, 2 de noviembre de 2007

Revocación de delegados de personal o miembros de comités

Desde hace quince días ha empezado una discusión aquí en teleafonica.net sobre la revocación de delegados de personal o miembros de comités, como el tema no deja de ser interesante y no esta abierto en una entrada propia para este tema, lo destacamos en esta que es específica para este tema y adjuntamos los comentarios que ha producido en la entrada que hicimos para el tema de la encuesta, así como lo que dice el estatuto de l@s trabajador@s:

REVOCACIÓN DE LOS DELEGADOS DE PERSONAL O MIEMBROS DE COMITÉS

Estatuto de los Trabajadores/as:
Art. 67 , punto 3 , párrafo 2º dice literalmente:
“Solamente podrán ser revocados los delegados de personal y miembros del comité durante su mandato, por decisión de los trabajadores/as que los hayan elegido, mediante asamblea convocada al efecto a instancia de un tercio, como mínimo, de los electores y por mayoría absoluta de éstos, mediante sufragio personal, libre, directo y secreto. No obstante, esta revocación no podrá efectuarse durante la tramitación de un convenio colectivo, ni replantearse hasta transcurridos por lo menos, seis meses.”




Anónimo dijo...

Es LAMENTABLE ver como en Cobra de Málaga destaca la actuación del comité por su ausencia. Ya somos varios compañeros, decididos en exigir la destitución inmediata del actual comité, para poder nombrar a personas que quieran aportar soluciones a sus compañeros y no dejadez y estancamiento para permitir que la patronal siga triunfando en sus despropósitos engañosos y explotadores. El tiempo va en contra nuestro, ya que días que pasen sin solucionar nuestros problemas, son días que regalamos nuestro trabajo. Y ya no está el horno para bollos. Quien llega a final de mes con lo que ganamos? Pues seamos sensatos y pongamos fecha para nuevas elecciones.

Anónimo dijo...

atención compañeros si el comité no vale se puede hacer esto.
reuniros todos los que podáis y hacer un escrito al comité que pertenecen y pedir su destitución
y si no funcione pedir ayuda a otro comité que os aconsejara sobre el tema.
para mi todos son iguales pero en ccoo se puede sacar mas partido porque nos estamos uniendo todo cobra ,un saludo y suerte,estaré pendiente de vosotros por esta pagina intentar poneros en contacto con cobra de otras provincias para que os ayuden

francisco dijo...

Necesitáis ser mas de un tercio de los trabajadores para poder destituir al comité de empresa, a delegados de personal o al delegado unitario.
Lo mejor es que vuestros delegados sean HONESTOS, y si no quieren representar a los trabajadores que presenten su dimisión, es mas rápido y limpio.

Sr. delegado si no quiere representar a los trabajadores DIMITA, aquí no vale ser negativo o neutro, o estas CON los trabajadores o estas CONTRA ellos, que TE QUEDE CLARO


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