jueves, 21 de abril de 2022

Cotronic tendrá que indemnizar con 6251EUR a un trabajador por sancionarlo injustamente

Nueva sentencia a favor de los trabajadores y trabajadoras de Cotronic

Cotronic tendrá que retirar la sanción que había puesto a uno de sus trabajadores al que acusaba de haber utilizado el vehículo fuera de horas de trabajo. Además tendrá que pagarle una indeminzación de 6.251EUR por vulneración de derechos fundamentales. Esta es la segunda sentencia por el mismo motivo, podéis consultar la anterior aquí

La empresa impuso una sanción al trabajador porque, según argumentaba, había utilizado el vehículo de la empresa fuera de horario y sin autorización, un sábado a las 6:29 horas. El trabajador interpuso una demanda, con el apoyo del comité de empresa, argumentando que se produjo como represalia a la actividad de reivindicación de derechos laborales que llevan a cabo los trabajadores y trabajadoras del centro de trabajo de Montcada i Reixach . Por ello, solicitaba la retirada de la sanción y una indemnización económica.

La empresa negó la relación de la sanción con las reivindicaciones. Argumentó que simplemente había adoptado nuevas directrices en materia de organización del trabajo, que los empleados habían incumplido y que las sanciones era por esos incumplimientos.

La jueza analizó la situación y las pruebas. Constató que las relaciones laborales en el Centro de trabajo de Montcada i Reixach son conflictivas, como se puede observar en la enumeración de demandas colectivas y denuncias a inspección que recoge la sentencia (páginas 4 y 5).

Por otro lado, la jueza considera que “no se acredita que el trabajador desobedeciera las instrucciones de la empresa” ya que no consta que hubiese hecho uso del vehículo asignado y ni siquiera consta que ese vehículo se desplazara el día 20/02/21 a las 6:29h. Además la empresa no acredita que el trabajador sea el único que tenga las llaves del coche. Por tanto, la sentencia ordena la retirada de la sanción por inexistencia de hechos sancionables.

Ante la situación de conflicto laboral y al demostrarse que la empresa había puesto la sanción sabiendo que no había incumplimiento laboral, la sentencia establece una indemnización de 6.251EUR por vulneración de derechos fundamentales.

Celebramos esta nueva sentencia a favor de los trabajadores y trabajadoras que demuestra que las plantillas movilizadas están mejor protegidas. La movilización en sí misma protege, y también es una prueba si hay que llegar a los juzgados, como en este caso. 












martes, 12 de abril de 2022

Procedimiento sancionador a Cotronic en materia de horas extras y registro de jornada

Inspección de trabajo inicia un procedimiento sancionador contra Cotronic Barcelona por infracción grave en materia de jornada y horas extraordinarias.

Ante la denuncia del comité de empresa a Inspección de trabajo, ésta ha comprobado que existen deficiencias graves en el registro de jornada de ocho trabajadores de Planta Exterior, ya que el registro no coincide con las hojas de rutas aportadas.

Por otro lado, el registro es incompleto, ya que hay muchos días en los que no se registra la salida, ni tampoco se registra el tiempo para comer de las 14h a las 16h. Inspección de trabajo determina que la empresa carece de un registro horario que “garantice la objetividad y la fiabilidad (…) puesto que no refleja las entradas y salidas reales (…) dejando a las personas trabajadoras en situación de desprotección (…) sin poder determinar exactamente el número de horas además de situaciones de exceso de jornada anual en algunos casos.”

En la resolución, Inspección también constata que se superan las 80h extras anuales permitidas legalmente.

Os dejamos la resolución.







lunes, 11 de abril de 2022

CIRCET: EL INTENTO DE LIQUIDAR LAS CONDICIONES LABORALES EN EL SECTOR.

La lucha que está manteniendo en Bizkaia el sindicato ESK junto con las plantillas de las contratas, tiene una importancia enorme que tratamos aquí de explicar un poco.

Como sabréis, Orange y Vodafone han subcontratado a CIRCET la instalación y mantenimiento de líneas de fibra y cobre en la provincia. CIRCET es una empresa que incumple sistemáticamente el convenio del Metal, aplica horarios ilegales, paga sueldos por debajo de dicho convenio, no observa la mínima prevención laboral...etc.

En definitiva, está “reventando” las condiciones laborales, y eso actúa como acicate al resto de Operadoras y empresas de subcontrata, que ven como CIRCET parte de una situación de ventaja al cepillarse el factor “mano de obra” de esa forma inadmisible.



Pues bien, un sindicato ha visto clara la jugada y ha apostado fuerte por impedir la implantación y consolidación de CIRCET y su modelo. De momento ESK con su determinación y constancia, además de la profundidad de sus acciones sindicales y jurídicas, conseguirá obligar a CIRCET a que cumpla con las reglas del juego que alli existen para todas las empresas o a que se marche de Bizkaia.

Concentraciones, pancartas, piquetes en el almacén de CIRCET, megafonía en ristre, pegatinas y un sinfín de acciones que en la práctica terminan entorpeciendo e incluso impidiendo el desempeño del trabajo hecho en condiciones precarias que obliga dicha empresa, son realizadas por los militantes de este sindicato y por las plantillas que ven clara la jugada.

Queremos hacer un llamamiento a generalizar esta respuesta a cualquier provincia donde opere CIRCET. Es deber sindical de cualquier sindicato y comité de cualquier provincia donde esta empresa esté o quiera instalarse, crear las condiciones más hostiles posibles a su implantación. Nos va el futuro de los puestos de trabajo con las condiciones que nos ha costado tanto luchar y que tanto nos cuesta mejorar.


jueves, 7 de abril de 2022

Cotronic Zaragoza recupera las medias dietas sin desplazamiento

El Juzgado de lo Social número 5 de Zaragoza ha fallado a favor de los trabajadores que demandaron a Cotronic Zaragoza por haber eliminado las medias dietas cuando no se tenían que desplazar fuera de la ciudad.

Los compañeros demandantes habían sido subrogados de Elecnor en 2012. En Elecnor cobraban medias dietas por día trabajado, aunque no tuvieran que desplazarse. En la sentencia, la jueza señala que "percibían en sus nóminas un concepto de “media dieta” aunque no salieran del centro de trabajo, y de “dieta entera” cuando sí lo hacían, y que tras la subrogación se deja de satisfacer ese concepto de “media dieta”.

En septiembre de 2014, Inspección de trabajo abrió acta de infracción contra Cotronic Zaragoza por haber modificado las condiciones de trabajo sin seguir el procedimiento expuesto en el art. 41. Una de esas modificaciones era la eliminación de las medias dietas.

Tras la intervención de la Inspección de Trabajo, la empresa continuó abonando la media dieta, a razón de 16,26 euros/día, bajo el concepto de “dieta cotizable”, por todos los días efectivos de trabajo, hubiera desplazamiento fuera de Zaragoza o no. No se abonaba durante los días de IT, permisos, vacaciones, etc.

A partir del mes de diciembre de 2019, la empresa dejó de pagar las medias dietas a los compañeros cuando no había desplazamiento y solo les abonaba la media dieta cuando salían fuera de Zaragoza, continuando. Sin embargo, otros trabajadores seguían percibiéndola con independencia de si realizan desplazamiento o no.

En la demanda, los trabajadores reclaman las diferencias entre lo percibido por el concepto de “dieta cotizable” y lo que debieron percibir, a razón de 16,26 euros/día efectivo de trabajo, durante el periodo de diciembre 2019 a junio 2020, y también que se declare su derecho a seguir percibiendo dicho concepto de dieta como condición más beneficiosa.

Según la sentencia, " el cobro de las dietas abonadas hasta noviembre de 2019, sin relación alguna con desplazamientos reales, constituye una condición más beneficiosa, que queda incorporada al acervo contractual de los trabajadores y no puede ser suprimida unilateralmente"

Así, la jueza condena a la empresa a pagar todas las dietas atrasadas desde 2019 más un 10% de recargo por demora.








 

martes, 5 de abril de 2022

SEGUNDA AMONESTACIÓN ANULADA EN JUICIO Y SEGUNDA INDEMNIZACIÓN AL MISMO TRABAJADOR EN COTRONIC BARCELONA.

El compañero de Cotronic Barcelona, A.M.G.S, ha ganado un segundo juicio por vulneración de derechos fundamentales.

Os recordamos que el primero fue por solicitar plataforma elevadora y fue sancionado por Cotronic con 21 días sin empleo y sueldo y ganó el juicio donde le tenían que retornar los 21 días de empleo y sueldo e indemnizarle con 6251 euros.

En este caso le pusieron sanción grave y amonestación por escrito por un supuesto movimiento del vehículo de empresa fuera de horas de trabajo (Cotronic dice que lo movió 5 metros).

Pues bien, nuevamente se ha hecho justicia y la magistrada ha obligado a la empresa a retirarle la sanción y nuevamente indemnizarle con otros 6251 euros.

La pregunta que nos formulamos es hasta cuando la empresa va a estar acosando a la plantilla en lugar de hacer las cosas conforme a la legalidad y en aras del entendimiento, pues la sentencia acredita en su exposición que hay una situación de conflictividad laboral no resuelta en Cotronic.