jueves, 30 de diciembre de 2021

LA PLANTILLA DE ELECNOR VALENCIA, EN HUELGA

La plantilla de Elecnor Valencia, realizó huelga los pasados 27 y 28 de diciembre, y volverán a la carga durante los dos últimos dias laborables de cada mes de forma indefinida, mientras no se solucione el conflicto al que les ha abocado la dirección de Elecnor.

La raíz del conflicto es la progresiva y creciente vulneración de los acuerdos que tenían firmados comité y empresa desde 2016, en lo relativo a jornada, guardias y producción.

Todo ello se ha concretado en una merma salarial importante que la plantilla no está dispuesta a aceptar y por este motivo se han convocado las movilizaciones apuntadas.

Última hora: después de la huelga, la empresa ha notificado 11 despidos. El comité de empresa responderá a los mismos proponiendo a la asamblea de trabajadores un endurecimiento del calendario de huelgas.

Desde teleAfonica.net nos solidarizamos con la huelga, condenamos los despidos, y emplazamos a todos los comités y fuerzas sindicales a dejar atrás los sistemas de pago ligados a producción y luchar por un convenio de sector que contemple salarios más altos y medidas de conciliación efectivas del trabajo con la vida. Es necesaria una lucha general y coordinada para poner orden en este sector depredado por las Operadoras y las empresas de ADEMI.

Os adjuntamos algunas imágenes de la lucha.







jueves, 23 de diciembre de 2021

Huelga en CIRCET, contra la hiperexplotación en el sector de las Telecomunicaciones

Los trabajadores de CIRCET-CABLEVEN Tenerife y Las Palmas de Gran Canaria protagonizaron el 21 de diciembre la primera jornada de huelga de un calendario de movilizaciones que se activará si la empresa mantiene su cerrazón a negociar. La delegación de Sevilla, también convocada, tuvo que aplazar la jornada por una cuestión de trámites, pero se sumará a las siguientes jornadas. El día 28 de diciembre, las delegaciones en huelga, se sentarán a hablar con la empresa de nuevo y dependiendo del resultado, se anunciarán las nuevas movilizaciones.

La jornada de huelga fue un éxito, a pesar de todas las presiones y amenazas de la empresa para debilitarla. La plantilla está muy quemada por la situación, por día tras día de jornadas interminables por un salario de miseria, de abusos patronales y amenazas de despidos. Las provincias movilizadas están en contacto con otras provincias que también quieren sumarse. La intención de los y las trabajadoras es expandir el conflicto para que sea una movilización unitaria que afecte al mayor número de delegaciones. El sur (Canarias y Andalucía) concentra la mayor parte de la plantilla de la empresa, un 70%-75%, y todas las delegaciones ya están manteniendo asambleas y conversaciones de cara a la movilización conjunta.

CIRCET es una empresa en expansión que trabaja ya para todas las operadoras, y debido a un descuelgue de convenio en 2013, ofrece condiciones de trabajo muy por debajo de la mayoría de contratas. Los trabajadores y trabajadoras de CIRCET están sometidos a producción, pero por muchas horas que hagan para llegar, difícilmente la cobran. La empresa aplica penalizaciones por conceptos ininteligibles que hacen que al final se acabe haciendo jornadas interminables y cobrando el Salario Mínimo Interprofesional.

Hacen jornadas que sobrepasan en mucho las 40h semanales ya que se ven obligados a ir a reuniones, a buscar material a muchos km y a realizar órdenes fuera de jornada. Trabajan semanas continuas, habiendo trabajado guardias, sin que puedan disfrutar de los descansos reglamentarios y cuando finalmente les permiten disfrutarlos, les exigen la producción igualmente, como si estuvieran trabajado.

Además de las horas extras no retribuidas que realizan diariamente, también tienen que tener disponibilidad al móvil todo el día, por si tienen que acabar alguna gestión telemáticamente. Por si fuera poco, el convenio contempla la movilidad geográfica y, de Andalucía o Canarias, los pueden mandar a trabajar al Norte de la península, por ejemplo, cuando necesitan gente allí, cosa que ocurrió cuando Circet ganó la zona de Zener y se negó a subrogar a los trabajadores. (ver artículo abajo)

No pueden disfrutar de sus vacaciones cuando ellos deciden sino cuando a la empresa le va bien, que suele ser en los meses más intempestivos para hacer vacaciones, porque cuando baja el trabajo en la provincia, los envía a 1000km si es necesario.

CIRCET compró Cableven en 2019. Cableven tenía convenio propio tras el descuelgue de convenio que realizó en 2013 en el que rebajó drásticamente las condiciones laborales, situando los salarios a importes cercanos al Salario Mínimo Interprofesional. Cableven dijo a los trabajadores y trabajadoras que sería temporal, pero ya nunca volvieron a las condiciones anteriores. El recorte de condiciones laborales le facilitó la venta a CIRCET, quien además se ponía en una situación ventajosa en la puja por contratos de las grandes operadoras. La empresa está expandiéndose mucho y ha manifestado su intención de seguir creciendo, actualmente ya cuenta con 2500 y su aspiración es llegar a contar con una plantilla de 3500 trabajadores en España.

Tenemos que hacer todo lo posible para que los trabajadores de CIRCET ganen esta batalla por sus condiciones laborales, porque lo que consigan será para todos y todas. Esos 3500 trabajadores que quieren conseguir, podemos ser cualquiera que esté trabajando ahora en una contrata con mejores condiciones. Por no hablar, que las empresas que compiten por los contratos de las operadoras, van a bajarnos las condiciones si CIRCET empieza a ganar terreno.

Mucho ánimo, compañeros y compañeras. Tenéis el apoyo de los trabajadores y trabajadoras de todo el sector. 
 
 

 

CIRCET gana un contrato de VODAFONE y se niega a subrogar a la plantilla de Zener Plus

 

sábado, 18 de diciembre de 2021

EL MARTES 21 DE DICIEMBRE, HUELGA EN CIRCET-CABLEVEN

 HUELGA CIRCET CABLEVEN: 


El próximo día 21 de diciembre, si la empresa no cambia de proceder, los trabajadores de Circet-Cableven irán a la huelga convocada para ese mismo día en las provincias de las Palmas de Gran Canaria ,Tenerife y Sevilla .


Estos son los principales motivos por los que se convoca la huelga.


1/ jornadas laborales que en la mayoría de los casos exceden a las 40 horas laborales semanales, llegando a estar hasta 12 días continuos trabajando (de 09 a 14 y 16 a 19) sin descansos retribuidos.


2/ Descuentos por robos o deterioro de los vehículos de empresa en horario laboral .


3/ Nula desconexión digital.


4/ Las dietas registradas en el convenio no son abonadas correctamente.


5/ La empresa ejecuta desplazamientos continuados fuera de las provincias de origen de los trabajadores. 


Todo lo anteriormente citado hace inviable la más mínima conciliación familiar. 


Esta empresa dispone de un convenio propio, cuyos sueldos en su amplia mayoría en estos momentos rozan el salario mínimo interprofesional. Exigimos que se nos equipare al Sector.


Ante esta vulneración de derechos fundamentales los trabajadores de Circet-Cableven han decidido recuperar sus derechos, y confían y esperan poder revertir esta situación mediante el recurso más potente, la lucha. Cuando la empresa se niega a adoptar una postura razonable, no nos queda más remedio que ir a la huelga y conseguir que se pare la producción totalmente.


No son problemas coyunturales, son problemas endémicos y estructurales. No nos pueden estar dando largas eternamente, con alusiones a un hipotético futuro mejor que nunca llega. Cada vez estamos peor y tenemos que solucionarlo ya.


La lucha no es un camino fácil, pero si nos mantenemos unidos, firmes, nos apoyamos unos a otros y sabemos también recabar apoyos y solidaridad externos, lo conseguiremos.










viernes, 10 de diciembre de 2021

ACABA CON ACUERDO EL CONFLICTO DE LA EXTERNALIZACIÓN DE FLM VODAFONE EN HUAWEI.

 

ACABA CON ACUERDO EL CONFLICTO DE LA EXTERNALIZACIÓN DE FLM VODAFONE EN HUAWEI.


Tras dos semanas de duras negociaciones, dos referéndum entre la plantilla afectada y un día de Huelga Indefinida, el pasado viernes 3 de diciembre se llegaba a un acuerdo en la Fundación SIMA que daba por finalizado el conflicto.


El conflicto se iniciaba el pasado 3 de noviembre, con la comunicación de la dirección de la empresa a la RLT sobre la decisión de sucesión empresarial del servicio de mantenimiento de red de Vodafone, por el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores a la empresa multiservicios Eulen, S.A. . Desde entonces la RLT ha rechazado la medida y solicitado a la dirección de la empresa que se replanteara la decisión, aún así estábamos en disposición de negociar una salida pactada a este conflicto.


Una vez conformada la mesa de negociación, fruto de un acuerdo en el SIMA el pasado 18 de noviembre, el 22 de noviembre comenzaron las negociaciones, en las que la empresa intentaba desunir al colectivo de los 106 afectados, mediante propuestas encaminadas a favorecer solo a una parte de los mismos.


La primera semana de reuniones finalizó con el aplazamiento del inicio de la Huelga unos días más, por iniciativa de la mayoría de la parte social en la mesa de negociación, tras constatar que la empresa estaba en disposición de flexibilizar sus posturas. También se realizó una encuesta anónima entre los afectados para votar una propuesta de la parte social en la mesa de negociación de entre tres posibilidades, cuyo resultado fue que algo más de la mitad preferían la extinción indemnizada y contrato ex-novo en Eulen, las otras opciones eran subrogación con un lineal equivalente al despido objetivo y bajas incentivadas con indemnización equivalente al despido improcedente y convenio especial de la seguridad social a los mayores de 55 años.


La segunda semana, se inició sin avances en la negociación y ya el jueves 2 de diciembre, la empresa trasladó su última propuesta antes del inicio de la Huelga Indefinida, consistente en dos opciones a elegir. La primera, subrogación con un lineal fijo más otro en función de antigüedad por trienios y la segunda consistente en bajas incentivadas favoreciendo a los compañeros de más edad con un máximo de hasta 8 bajas incentivadas. Esta última propuesta fue bajada a la plantilla afectada a modo de referéndum en el que un 75% por un 25%, rechazó la propuesta y declarando con su voto el inicio de la Huelga Indefinida.


Por último, el viernes 3 de diciembre y ya en el SIMA, aunque la empresa manifestó en las reuniones que con una Huelga ejecutada no iba a negociar, se entró a seguir negociando por ambas partes y, con la mediación de los mediadores, se llegó a una última propuesta que consistía en una única opción, todos los afectados subrogados a Eulen con unas garantías y un lineal consistente en una gratificación equivalente a 20 días por año de servicio con un tope de 8 mensualidades, con un mínimo de 25000 € y un máximo de 35000 €. Este pre-acuerdo se bajó de nuevo a la plantilla afectada a través de un referéndum y fue aceptado por 66 votos a favor y 32 en contra. Con ello se daba por finalizada la Huelga Indefinida comenzada a las 00:01 horas del viernes 3 de diciembre y al conflicto surgido por esta decisión empresarial.



Aunque el acuerdo, objetivamente no está mal, teniendo en cuenta las experiencias jurídicas en otros procesos similares, no podemos obviar que una parte de los afectados no se ven reflejados en el acuerdo, ya que algo más de la mitad querían la extinción indemnizada y nuevo contrato en Eulen, y otra minoría optaban por las bajas incentivadas y abono por la empresa del coste del convenio especial a la seguridad social de los más mayores, cosa que finalmente no se ha conseguido. Ha pesado más entre los afectados para cambiar de opinión, el aumento de la gratificación del lineal y también por qué no decirlo, no continuar con la Huelga Indefinida.


El acuerdo conlleva entre puntos más destacables los siguientes:


- Respeto de la antigüedad y mantenimiento de las condiciones de trabajo y salariales.


- Garantía absoluta de empleo durante el primer año.


- Garantía de condiciones indemnizatorias hasta marzo de 2024, abonando indemnización equivalente a despido improcedente 45/33 días por año de servicio, con el salario regulador de las últimas 12 nóminas en Huawei, si fuera inferior el de Eulen, en caso de despidos objetivos, movilidad geográfica, modificación sustancial de las condiciones de trabajo consistentes en reducción de salarios o modificación de horario y jornada superior a dos horas diarias.


- Protección organizativa y de cambios de frecuencias de guardias durante 6 meses.


- Garantía de no subcontratación por Eulen de los servicios externalizados objeto de esta negociación.


- La plantilla afectada por la sucesión empresarial recibirá una gratificación correspondiente a una indemnización de 20 días de salario por año de servicio con un tope de 8 mensualidades, con un mínimo de 25000 € y un máximo de 35000 €.


- Abono del Bonus correspondiente a letra “A” (10 o 15 % del SFBA según grupo profesional), desde el 1 de enero de 2021 hasta la fecha efectiva de subrogación.


- Constitución de una comisión de seguimiento del acuerdo.


- Respeto por Eulen de la Representación Legal de los Trabajadores, hasta que se celebren nuevas elecciones sindicales.


Agradecer desde estas líneas a la Sección Sindical Estatal del sindicato STC la presentación de la convocatoria de Huelga Indefinida, que ha servido como medida de presión durante todo el conflicto y para la consecución de un acuerdo. También a la cooperativa de abogadas y abogados “Colectivo Ronda” que ha estado asesorando y guiando a una parte de los delegados en la mesa de negociación.


8 de diciembre de 2021.

viernes, 19 de noviembre de 2021

COMITÉ COTRONIC BARCELONA: "NUESTRA ACCIÓN JUDICIAL IMPIDE NUEVAMENTE OTRO RECORTE DE CONDICIONES LABORALES"

 

LA JUSTICIA IMPIDE NUEVAMENTE QUE COTRONIC (GRUPO COBRA), CONTRATA DE TELEFÓNICA-MOVISTAR, RECORTE LAS CONDICIONES LABORALES DE SUS TRABAJADORXS

A principios de 2021, COTRONIC modificaba unilateralmente los derechos conquistados por los trabajadorxs, atacando directamente a la conciliación de la vida laboral con la familiar, el disfrute de las vacaciones y los excesos de jornada.

En los acuerdos sobre vacaciones de los años 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020 constaba que “también se contempla (que el 25%, años 2014 y 2015, y que el 30%, años 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020) del personal pueda disfrutar el período completo de vacaciones (22 días laborables), distribuido proporcionalmente entre los meses de junio a octubre”, así como que “en cada uno de estos períodos podrá acogerse como máximo el 33% del personal de cada actividad, tanto directo como indirecto”.

En la comunicación efectuada por la empresa con fecha de 21 de enero de 2021, el porcentaje del 33% se redujo al 30%, y la referencia a la distribución de vacaciones entre los meses de junio a octubre desaparecía.

Pero sin duda lo más grave es que “se pasa de la posibilidad de realización del exceso de jornada durante el año a acotarse por la empresa un total de 18 días predeterminados para dicha compensación con descansos por la realización de horas extraordinarias.” (COTRONIC obliga a realizar dichos descansos un día al mes entre semana, impidiendo poder disfrutarlos junto a nuestros hijos y nuestras parejas).

El pasado 26 de abril de 2021 el juzgado nº1 de lo Social de Sabadell (Barcelona) dictó sentencia declarando NULA la modificación sustancial de carácter colectivo que afecto a la totalidad de la plantilla, en materia del sistema de fijación de los turnos de vacaciones y elección de los días de disfrute de los descansos compensatorios por los excesos de jornada.

Hoy, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha desestimado el recurso de suplicación interpuesto por COTRONIC, confirmando la resolución recurrida en todos sus extremos, acordando la pérdida del depósito constituido por la recurrente, al que se dará el destino legal una vez firme está resolución.

Aunque cabe recurso ante el Tribunal Supremo, emplazamos a COTRONIC a que centre sus esfuerzos en mejorar las condiciones laborales de sus trabajadorxs, que somos el motor de la empresa, sentándose a negociar un nuevo Acuerdo de Desconvocatoria de Huelga.

lunes, 15 de noviembre de 2021

SUCIA MANIOBRA DE HUAWEI PARA AHONDAR EN LA SUBCONTRATACIÓN. LA PLANTILLA CONVOCA HUELGA.

 

Resumen situación externalización del negocio de FLM Vodafone (Mantenimiento de Red) en Huawei.


El pasado 3 de noviembre se celebró una reunión convocada por la empresa en Madrid, para comunicar a la representación legal de los trabajadores la decisión de externalizar a casi la totalidad de la plantilla que se dedica a la unidad de negocio de Mantenimiento de Red de Vodafone, estando afectados 6 centros de trabajo, Madrid, Barcelona, Valencia, Bilbao, Málaga y Sevilla. El método utilizado, para llevarlo a cabo, será la sucesión empresarial por el artículo 44 del estatuto de los trabajadores.


Los motivos que esgrimen son: una disminución de las intervenciones por la optimización de los procesos, las restricciones impuestas por EEUU a Huawei y el impacto de esta decisión en las diferentes operadoras. Además de que la actividad principal de Huawei no es prestar este tipo de servicio a las operadoras y que la empresa cesionaria, en este caso Eulen, puede mantener el empleo debido a que puede aportar mayor actividad. Habría que preguntarse entonces, por qué aceptó primero en el año 2013 subrogar los contratos de las compañeras y compañeros del mantenimiento de la red móvil de Vodafone y más tarde en el año 2017 de la red fija de la misma operadora y, en el año 2019 y ahora a más de dos años de la finalización del contrato de prestación de servicios con Vodafone, desecha a estas compañeras y compañeros.


Se trata de la utilización de otro subterfugio más, para reducir aún más la plantilla, después de haber despedido de manera improcedente, es decir, sin causa justificada, a más de medio centenar de compañeras y compañeros en lo que va de año. Con esta decisión, además deja sin representación sindical a varios centros de trabajo y reduce un tercio la representación legal de los trabajadores en el total del estado.


La representación legal de los trabajadores, las diferentes fuerzas sindicales y las personas trabajadoras afectadas, ya han comenzado a defenderse de esta nueva agresión, realizando concentraciones y convocando una huelga en el departamento afectado, para rechazar y solicitar, que se retire esta medida de reducción de plantilla disfrazada de sucesión empresarial.

viernes, 5 de noviembre de 2021

TELEFÓNICA DE ESPAÑA CONDENADA A INDEMNIZAR A LOS HUELGUISTAS DE COTRONIC (CONTRATA DE TELEFÓNICA-MOVISTAR) POR VULNERAR SU DERECHO A LA HUELGA

 

TELEFÓNICA DE ESPAÑA CONDENADA A INDEMNIZAR A LOS HUELGUISTAS DE COTRONIC (CONTRATA DE TELEFÓNICA-MOVISTAR) POR VULNERAR SU DERECHO A LA HUELGA

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña con fecha 20/10/2021 ha condenado a TELEFÓNICA DE ESPAÑA a indemnizar a 58 trabajador@s de COTRONIC Barcelona por vulnerar su derecho a la huelga.

Que estimando parcialmente la demanda en la que ejercitan acciones acumuladas sobre tutela de derecho fundamental a la huelga los 58 actores que luego se dirán, en procedimiento al que fue llamado el MINISTERIO FISCAL, declaramos que cuando TELEFÓNICA DE ESPAÑA SAU desvió la producción sustituyendo la actividad de la empleadora de los trabajadores actores CONSTRUCCIONES DE LAS CONDUCCIONES DEL SUR SA (COTRONIC), por trabajadores de terceras empresas subcontratadas, en el periodo de seguimiento de huelga, entre el 16/07/2018 y el 16/01/2019, incurrió en conducta antisindical y vulneró el derecho a la huelga de los actores, condenando a ambas codemandadas a estar y pasar por tal declaración.

Al objeto de compensar los daños y perjuicios causados a los 58 trabajadores en el seguimiento de las jornadas de huelga, TELEFÓNICA DE ESPAÑA SAU, deberá abonar una suma global de 52620,07 euros, más otros 50000 euros por daños morales.

El TSJC expone literalmente en dicha sentencia:

(…)







Contra dicha sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña cabe Recurso de Casación ante la Sala Cuarta del Tribunal Supremo.

Recalcar la importancia de esta sentencia porque, más allá de las indemnizaciones económicas a los huelguistas, de haberse desestimado la vulneración del derecho fundamental a la huelga por parte de TELEFÓNICA DE ESPAÑA SAU (extrapolable a cualquier otra multinacional), siempre que los trabajador@s de cualquiera de sus empresas subcontratadas ejercieran su derecho a la huelga, éste podría ser neutralizado por la empresa matriz, lo que supondría un retroceso sindical sin precedentes de los derechos de los trabajador@s.

 

 

 

 

miércoles, 27 de octubre de 2021

HUELGA POR EL CONVENIO DEL METAL EN CÁDIZ. COMUNICADO DE EFF Y COTRONIC EN CÁDIZ A SUS PLANTILLAS.

COMUNICADO DE LOS COMITÉS DE EMPRESA 

DE EFF Y COTRONIC EN CÁDIZ A SUS PLANTILLAS.


Las negociaciones del Convenio del Metal en la provincia de Cádiz están gravemente encalladas. 

Las pretensiones de la patronal no pueden ser más regresivas para las necesidades y derechos adquiridos de los trabajadores y trabajadoras del Sector del Metal. Y también para las plantillas del subsector que trabaja para las Operadoras de Comunicaciones, que hemos sido declaradas plantillas esenciales durante la pandemia.

Que en un contexto de alta inflación como el actual, la patronal plantee la congelación salarial para los años 2021 y 2022, ya es una declaración de guerra en toda regla. De la misma forma, esa congelación salarial aún viene empeorada por la intención de eliminación de dos pagas extras. Esto es prácticamente condenar a la gente a la miseria.

Otras medidas igualmente inaceptables son: el aumento de la eventualidad hasta el 70%, la creación de una nueva categoría por debajo de la de especialista, es decir, por debajo del mínimo que marcaba la tabla salarial, aumento de la jornada laboral para no tener que declarar horas extras, salario sometido a productividad...etc.

POR TODOS ESTOS MOTIVOS Y ANTE LA CERRAZÓN PATRONAL DE NO ACEPTAR LAS PRETENSIONES BÁSICAS DE LA PARTE TRABAJADORA, QUE SON: que no haya pérdida de poder adquisitivo y recuperar derechos perdidos en la anterior negociación.

SE HAN CONVOCADO DOS JORNADAS DE HUELGA CONSECUTIVAS,  9 y 10 de noviembre.  Y a partir del 16 de noviembre HUELGA INDEFINIDA SI NO HAY UN DESBLOQUEO EFECTIVO DE L A NEGOCIACIÓN.

No caben titubeos. O luchamos dando el callo y lo mejor de nosotros y nosotras, no nos van a pasar por encima, con gravísimos recortes que nos acercarán a la miseria laboral y salarial.


TODOS Y TODAS A LA HUELGA


jueves, 21 de octubre de 2021

COTRONIC (CONTRATA DE MOVISTAR) CONTINÚA REPRESALIANDO A SUS TRABAJADOR@S HOY HA DESPEDIDO A UN MIEMBRO DEL COMITÉ DE HUELGA

Os dejamos el comunicado del Comité de Empresa de Cotronic (Delegados UGT) respecto al despido del compañero. Rogamos máxima difusión.

COTRONIC (CONTRATA DE MOVISTAR) CONTINÚA REPRESALIANDO A SUS TRABAJADOR@S HOY HA DESPEDIDO A UN MIEMBRO DEL COMITÉ DE HUELGA

COTRONIC continúa intentando desestabilizar a su plantilla de trabajador@s, muy combativa y fuerte sindicalmente. Hace pocas semanas recibíamos buenas noticias desde los juzgados de Sabadell (Barcelona), donde se dictaban sentencias (pendientes de recurso), dando la razón a los trabajadores que fueron sancionados injustamente, incluso condenando a COTRONIC a indemnizarles por haber vulnerado sus derechos fundamentales con cantidades muy elevadas, DE ENTRE 6.000 Y 10.000€ euros.
 
El pasado 4 de octubre de 2021 se celebraron elecciones sindicales en COTRONIC convocadas por el sindicato CCOO. Desde el principio hasta el final COTRONIC pretendió alterar el proceso electoral en su favor, aunque finalmente pudimos impedirlo. Obtuvimos 4 delegados, de los 5 posibles. Todos ellos del colectivo de instaladores de calle; mientras que CCOO consiguió un delegado en la oficina, un encargado muy próximo a la empresa.

COTRONIC, enrabietada por ver que su estrategia no da resultado, acomete nuevamente contra los trabajadores y trabajadoras. En esta ocasión, despidiendo a un miembro del Comité de Huelga, imponiéndole una vara de medir diferente al resto de la plantilla. COTRONIC no cesa en su empeño deliberado y represivo para que su plantilla de trabajador@s y el Comité de Empresa dejen de reivindicar y defender sus derechos laborales. Solo quieren esclavos.

No cabe ninguna duda de que este despido ha sido una represalia contra nuestro compañero, que estaba en el punto de mira de COTRONIC desde hacía mucho tiempo. Es importante recalcar que el compañero despedido tiene interpuestas 7 demandas judiciales a nivel particular contra la empresa, a la espera de juicio, que con la demanda por despido serán ocho, que es miembro del Comité de Huelga y que se había presentado en la candidatura del sindicato UGT en las elecciones sindicales realizadas el pasado 04/10/21.

Independientemente de las acciones sindicales que se lleven a cabo, debemos apelar a la justicia para que dé una nueva reprimenda a COTRONIC, constatando nuevamente la fragante vulneración de Derechos Fundamentales que viene realizando día tras día a su plantilla.

Finalmente, manifestar que nos encontramos fuertes, que lamentablemente estamos acostumbrados a estos palos por parte de la empresa, pero que en ningún caso impedirán que la plantilla de trabajadores y trabajadoras de COTRONIC continuemos defendiendo nuestros derechos laborales. El tiempo pone a todo el mundo en su sitio.


COMITÉ DE EMPRESA COTRONIC (DELEGADOS UGT)

viernes, 1 de octubre de 2021

Requerimientos de Inspección de Trabajo a EFF Lanzarote por infracciones graves y muy graves en materia de jornada y salarios

Tras la denuncia por parte de la representación sindical, Inspección de Trabajo ha observado infracciones graves respecto al registro de jornada laboral, y muy graves respecto al (im)pago de los salarios (horas extras) a los trabajadores. Inspección ha comunicado a EFF el requerimiento de subsanar las infracciones en 4 meses, de otro modo se abrirá acta de infracción y la empresa podrá ser sancionada por infracciones graves (de 626 a 6.250EUR) y muy graves de 6.251EUR a 187.575EUR.

La denuncia fue interpuesta por la representación sindical ante la negativa de la empresa a informarles del cómputo de horas extras. La empresa había puesto en marcha unilateralmente un sistema de registro de jornada laboral que, sin importar cuántas horas se trabajasen, siempre computaba 8h de jornada de forma automática. Ante la demanda de información por parte de la representación sindical, la empresa argumentó que si “sospechaban que se estaban realizando horas extraordinarias, acudieran a las autoridades competentes”, cosa que hicieron.

Inspección de Trabajo, examinó la documentación aportada y el sistema de registro y observó que cualquiera que fuese la hora de entrada y la hora de finalización de trabajo, el sistema siempre computaba 8 horas.

El requerimiento de Inspección exige a la empresa que, en un plazo de 4 meses, realice las siguientes acciones:

1) Llevar a cabo un recuento fidedigno de la jornada laboral

2) Efectuar el registro de horas extraordinarias desde enero de 2020 hasta la fecha y totalizarlas en el cómputo mensual, entregando copia a cada trabajador. La totalización se realizará computando la jornada desde la hora de inicio a la hora de finalización reales (y no sobre la totalización automática del sistema de registro)

3) Abonar las horas extraordinarias realizadas por los trabajadores en 2020 y liquidar la correspondiente cotización en cada mes al que corresponga su devengo.

4) Respecto a los excesos de jornada del 2021, tendrá que ajustar la jornada para el resto del año sin que se supere la jornada anual establecida convencionalmente en el computo anual, salvo que se proceda al abono de las horas extras, sin que puedan superarse los límites legales.

5) Se informará periódicamente al comité de empresa, a los Delegados de Personal y Delegados Sindicales sobre el número de horas extraordinarias realizadas, especificando las causas y en su caso, la distribución por secciones.

Celebramos el fallo de Inspección, gracias al buen trabajo de la representación sindical, a la cual felicitamos. También queremos animar todos y todas las trabajadoras del sector a denunciar cualquier atropello. No olvidemos que si no nos pagan las horas extras, nos están robando y ya nos roban bastante con los salarios insuficientes que nos pagan mientras las empresas reparten entre sus directivos y accionistas los beneficios obtenidos con nuestro trabajo.

jueves, 30 de septiembre de 2021

EUSKALFIBRA SANCIONADA POR LA INSPECCIÓN

Fuente: ESK.   https://www.esk.eus/movistar/index.php/es/contratas/marea-azul/742-euskalfibra-sancionada-por-la-inspeccion

Hoy recibimos una buena noticia dentro del sector de las telecomunicaciones, la empresa EUSKALFIBRA ha sido sancionada por la inspección de trabajo de Bizkaia tras la denuncia interpuesta por el SINDICATO ESK

Llevábamos mucho tiempo detrás de una empresa que fomenta la esclavitud y la precariedad como su modus operandi habitual, y si bien otras veces parece ser que se había librado, en esta ocasión no ha sido así.

Si algo ha podido certificar inspección de trabajo a lo largo de casi un año de actuaciones inspectoras y requerimientos a esta empresa es que sistemáticamente vivían como Steven Seagal en la película ….”por encima de la ley”.

Pues bien, entre las irregularidades detectadas ha quedado acreditado que: 

Desde 2015 hasta el día de hoy tenían unas bases de cotización SUSTANCIALMENTE inferiores a las establecidas en el convenio de la siderometalurgia de Bizkaia puesto que aplicaban un convenio extraestatutario no acordado con nadie puesto que no disponen de Comité de empresa ni delegados de personal 

La empresa presentaba un registro de jornada en papel nada fiable según las actuaciones inspectoras

- Fraude a la seguridad social en materia de horas extraordinarias no pagadas ni declaradas

- Fraude en no otorgar a los trabajadores su derecho al disfrute del exceso de jornada 

- Trabajadores con horas extras realizadas por encima de las 80 máximas que marca el convenio 

 

Entre las curiosidades que se han acreditado a esta empresa, hay algún trabajador que en menos de 6 meses y habiendo disfrutado de vacaciones, sin hacer guardias ya había acumulado más de la mitad de la jornada anual que marca el convenio……trabajadores incluso con 80 horas semanales trabajadas. El argumento empresarial era que si un trabajador pedía libre lo concedían sin problema

También es curioso como indica la empresa que para compensar estos excesos de calendario y fraudes en las horas extraordinarias , ellos otorgaban a algún trabajador un plus reflejado en nómina como “ plus empresa”. Y a quien se le otorgaba ese plus? Según la empresa a los trabajadores “ que valen”.

Desde ESK entendemos que ese término “los que valen” es lo que se otorga a los trabajadores amigos de los dos dueños de esta empresa. Para los amigos Plus, y para el resto…..látigo y precariedad

La conclusión de inspección en esta resolución ha sido muy clara 

- Abonar y actualizar las nóminas de los trabajadores y trabajadoras que se encontraban sufriendo ese fraude 

- Declarar, cotizar y pagar todas las horas extras realizadas

- Registrar la jornada diaria en un sistema fiable y eficaz tal y como indica la sentencia Europea

En nuestro argot sindical lo que vienen a decirles es : EUSKALFIBRA! No sean piratas y paguen a las y los trabajadores.

Por todo ello nos alegramos de que esta vez la inspección de trabajo haya sido valiente al sancionar contundentemente a estas empresas que no hacen más que destrozar un sector cada vez más precarizado por las grandes contratas y operadoras de telefonía, pero pedimos esa misma valentía cuando las denuncias vayan dirigidas contra multinacionales como pueden ser COMFICA, ELECNOR Y TELEFONICA por ser las auto proclamadas como garantes del orden y equilibrio en el sector. 

Desde ESK mandamos un aviso al resto de contratas de similar comportamiento a EUSKALFIBRA, a nosotras nos van a tener en frente siempre luchando por acabar con estas prácticas abusivas, y a los trabajadores de Euskalfibra les pedimos que sean valientes y denuncien estas prácticas abusivas, que cada vez que tengan un problema acudan a ESK para lo que necesiten, porque nos tienen a mano💪💪💪.

Lo más triste de todo esto es que estas prácticas eran de sobra conocidas por personal de Comfica que por afinidad miraban para otro lado. No podemos saber la cantidad de la sanción porque no somos el comité de Euskalfibra (no existe). Por suerte nosotras miramos de frente y no dejamos que las ramas nos impidan ver el bosque.

GORA LANGILEEN BORROKA

lunes, 27 de septiembre de 2021

Anulada en el juzgado la sanción de EFF Las Palmas a un trabajador que se había presentado a trabajar sin estar informado de la ampliación del ERTE

Anulada en los juzgados la sanción que la subcontrata de Telefónica, EFF, había impuesto a un trabajador del centro de Lanzarote por haberse presentado a trabajar durante periodo de ERTE utilizando el coche de la empresa. La empresa había ampliado el ERTE del trabajador sin que él tuviese conocimiento y la jueza así lo considera.

El 7 de abril de 2020 al empresa comunicó al trabajador su inclusión en el ERTE de 1246 contratos y 4 reducciones de jornada. Le informó de que la suspensión del contrato de trabajo tendría lugar desde el 8 de abril al 22 de abril, y que se tendría que incorporar el 23 de abril.

La empresa argumentó ante la jueza que el 22 de abril de 2020, comunicó al trabajador la ampliación desde el 23 de abril de 2020 al 7 de mayo de 2020. Sin embargo, lo hizo por correo corporativo, que tenían bloqueado, por lo que el compañero no lo recibió. El trabajador recibió el mail al día siguiente, posteriormente a la fecha prevista de incorporación.

El trabajador contestó al mail el mismo 23 de abril con un "recibido pero no conforme". El 28 de mayo recibió un escrito de la empresa comunicándole que procedía a sancionarle con tres faltas leves, dos faltas graves y tres faltas muy graves con suspensión de empleo los días 3 y 4 de junio.

La jueza considera que no quedan probados los argumentos de la empresa y en cambio sí queda acreditado que el trabajador recibió el correo el día 23 de abril, con posterioridad a que se hubiese incorporado a su trabajo. Por tanto, considera que no hay prueba de que el trabajador haya desobedecido ninguna orden, ya que no tenía conocimiento de la ampliación del ERTE.
 
Este es un nuevo ejemplo de las injusticias y abusos de poder a los que se ven sometidos los y las trabajadoras subcontratadas de  Telefónica Movistar. La empresa, no contenta con poner al trabajador en ERTE y con ampliarlo sin informarle debidamente, encima lo sanciona por ir a trabajar.
 
No tienen el mínimo respeto por trabajadores y trabajadoras que han estado trabajando en los momentos más duros de la pandemia, poniendo en riesgo su salud, y que han contribuido a la los impactos de la misma fueran los mínimos para la empresa. Desde aquí, celebramos que los juzgados hayan dado la razón a nuestro compañero, quien ha sido culpabilizado y sancionado por un error de comunicación imputable a la empresa.

Desestimada la demanda interpuesta por Cotronic por "huelga ilegal" contra su comité de empresa de Barcelona por incompetencia objetiva

El juzgado social nº 3 de Sabadell (Barcelona) ha dictado sentencia sobre la demanda interpuesta por COTRONIC contra su Comité de Empresa: “Estimando la excepción de incompetencia objetiva para resolver el proceso de conflicto colectivo que dio origen a las presentes actuaciones a instancias de CONSTRUCCIONES DE LAS CONDUCCIONES DEL SUR, SAU frente al COMITÉ DE EMPRESA DE CENTRO DE TRABAJO DE BARCELONA compuesto por (…) en la que se interesaba la declaración de ilicitud de huelga y reclamación por daños, por corresponder a Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, procede la desestimación de la demanda.”

“La demanda que dio origen de estas actuaciones se dirige frente a comité de empresa y tiene como pretensión que se declare el carácter ilegal de la huelga indefinida convocada el 31.3.2021 condenando a los demandados a estar y pasar por los efectos de esta declaración y condenando a los mismos al abono de una indemnización por daños y perjuicios de 15.000.-€ por día de huelga correspondiente a la cantidad dejada de facturar como consecuencia del paro en el trabajo ilegal.”

A fecha del presente juicio y tras 5 jornadas de huelga realizadas por la plantilla de COTRONIC, la indemnización solicitada por daños y perjuicios asciende a 90000 euros.

El Comité de Empresa manifestó en la mediación ante el Tribunal Laboral de Catalunya: "La parte social manifiesta que COTRONIC pretende lograr una desconvocatoria de huelga que es inaceptable. El hecho de poner una demanda para declarar una huelga ilegal en los términos en que ha sido planteada y solicitar además una indemnización por daños y perjuicios a los convocantes de la huelga denota el carácter espurio de dicha demanda que pretende servir de coacción a los convocantes de la huelga para que la desconvoquen, lo que supone un grave atentado al derecho fundamental a la huelga y si no la retira de inmediato, el Comité de Empresa nos reservamos las acciones legales oportunas."

El Comité de Empresa solicitó a la magistrada la condena en temeridad de la parte actora derivada de su actuación procesal, al presentar demanda carente de fundamento con el único objetivo de intimidar al comité de empresa con la reclamación indemnizatoria, solicitando la condena al abono de honorarios de letrado que cuantificó en 2.000.-€

El Comité de Empresa ha manifestado que esperan con que COTRONIC desista en sus acciones represivas contra los Representantes de los Trabajador@s por ejercer su derecho a una huelga “absolutamente legal” y no presente nueva demanda ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya; centrando todas sus energías en llegar a un acuerdo que garantice los derechos de la plantilla y el fin al conflicto laboral.

jueves, 23 de septiembre de 2021

Segundo varapalo judicial a Cotronic por sancionar a trabajadores que reclaman la plataforma elevadora (PEMP)

Cotronic condenada a indemnizar a dos trabajadores con 10.000 y 6.251EUR, a los que sancionó injustamente por solicitar la Plataforma Elevadora para Trabajos en Altura.   

No hace ni un día que la justicia condenaba a COTRONIC a retirar una sanción impuesta injustamente y a indemnizar con 6251 a un trabajador de Barcelona, cuando nos despertamos con otro nuevo varapalo contra la empresa por el mismo motivo, negativa empresarial al uso de Plataforma Elevadora (en adelante PEMP).
 
El juzgado social nº 3 de Sabadell (Barcelona) ha condenado a COTRONIC a indemnizar a dos trabajadores con 10.000 y 6.251 euros respectivamente por vulnerar sus derechos fundamentales porque solicitaron una PEMP para realizar trabajos en altura en postes de telefónicos. La empleadora también tendrá que retornar íntegramente los 15 días sin empleo y sueldo por los que fueron sancionados injustamente.

La indemnización de uno de los trabajadores es más elevada porque es miembro del Comité de Empresa y dicta la magistrada “la empresa debió cumplir con las garantías previstas en art. 68ª) TRLET esto es, la apertura de expediente contradictorio en el que debían ser oídos, aparte del interesado, el comité de empresa”. Resulta cínico que COTRONIC no reconociese a este trabajador como miembro del Comité cuando dos días antes del juicio por sanción, se celebraba otro donde la empresa lo había demandado por huelga ilegal y le solicitaba 90.000 euros de indemnización junto a sus compañeros del Comité.
 
A mayor abundamiento, dicta la magistrada: “Quien suscribe considera que la aplicación del régimen disciplinario y la imposición de sanción por falta muy grave y grave por reclamar la aplicación del protocolo en trabajos en altura tiene una relación directa con la reclamación del comité de empresa, y de los propios instaladores, en materia preventiva según se desprende del relato de hechos probados.” 

Tras varios años de requerimientos por parte de la Inspección de Trabajo por no priorizar en los trabajos en altura la PEMP y una sanción, a instancias de denuncias del Comité de Empresa, COTRONIC decidió unilateralmente iniciar una campaña de represión contra su plantilla que se culminó con más de 80 sanciones a 60 trabajadores entre febrero y marzo de 2020.

Ante la tozudez y valentía de sus trabajador@s por no arriesgar sus vidas con las escaleras y solicitar la PEMP siempre que fuera posible por no generar riesgos adicionales, COTRONIC, en lugar de dotar con este medio auxiliar a la plantilla, tal y como marca la legislación vigente, optó por culpar de la acumulación de trabajo a sus trabajador@s, sancionándolos indiscriminadamente y amedrentándolos con comunicados masivos.


COTRONIC enmascaró como faltas laborales las reclamaciones de PEMP realizadas por los trabajadores que fueron tomados como cabeza de turco (junto a otros compañeros) para amedrentar a la plantilla intentando obtener COTRONIC de esta manera el cese de las solicitudes de dicha PEMP.


Es importante recalcar que COTRONIC ofreció antes de entrar a juicio la retirada de ambas sanciones pero los trabajadores se mantuvieron firmes y no aceptaron, ahora se ha hecho justicia. Compañeros sois un ejemplo a seguir y vuestra valentía con toda seguridad servirá para que se eviten muchos accidentes laborales y muchas muertes.




















miércoles, 22 de septiembre de 2021

COTRONIC CONDENADA A INDEMNIZAR CON 6251 EUROS A UN TRABAJADOR INJUSTAMENTE SANCIONADO POR SOLICITAR PLATAFORMA ELEVADORA PARA REALIZAR TRABAJOS EN ALTURA.

 COTRONIC CONDENADA A INDEMNIZAR A UN TRABAJADOR CON 6251 EUROS QUE SANCIONÓ INJUSTAMENTE POR SOLICITAR PLATAFORMA ELEVADORA PARA REALIZAR TRABAJOS EN ALTURA.

El juzgado social nº 1 de Sabadell (Barcelona) ha condenado a COTRONIC a indemnizar a un trabajador con 6251 euros por vulnerar sus derechos fundamentales porque solicitó una plataforma elevadora (en adelante PEMP) para realizar trabajos en altura en postes de telefónicos.  La empleadora también tendrá que retornar íntegramente los 21 días sin empleo y sueldo con los que sancionó injustamente al trabajador.

Tras varios años de requerimientos por parte de la  Inspección de Trabajo por no priorizar en los trabajos en altura la PEMP y una sanción, a instancias de denuncias del Comité de Empresa, COTRONIC decidió unilateralmente iniciar una campaña de represión contra su plantilla que se culminó con más de 80 sanciones a 60 trabajadores entre febrero y marzo de 2020.

Ante la tozudez y valentía de sus trabajador@s por no arriesgar sus vidas con las escaleras y solicitar la PEMP siempre que fuera posible por no generar riesgos adicionales, COTRONIC, en lugar de dotar con este medio auxiliar a la plantilla, tal y como marca la legislación vigente, optó por culpar de la acumulación de trabajo a sus trabajador@s,  sancionándolos indiscriminadamente y amedrentándolos con comunicados masivos.

COTRONIC enmascaró como faltas laborales las reclamaciones de PEMP realizadas por el trabajador que fue tomado como cabeza de turco para amedrentar a la plantilla intentando obtener COTRONIC de esta manera el cese de las solicitudes de dicha PEMP.

Dicta el Magistrado, “De lo expuesto y razonado se desprende que, por una parte la referencia genérica a una disminución del rendimiento de una forma genérica y sin concreción de entidad y períodos, y la consideración de situación de riesgo para la seguridad e integridad física del trabajador en que se fundó la respuesta del mismo en la que la empresa basa la sanción, ya determinarían que la sanción impuesta fuera declarada como injustificada, con un efecto revocatorio de la misma. Sin embargo, existiendo los indicios, como ya se ha indicado anteriormente, acerca de una vulneración del derecho o garantía de indemnidad, por las reiteradas denuncias formuladas ante ITSS en materia de prevención de riesgos laborales y que culminaron en diversos requerimientos a la empresa, que no fueron atendidos, como se ha reseñado en la declaración de hechos probados, y que dieron lugar a la extensión de acta de infracción e imposición de sanción a la empresa, se concluye que existe indicio suficiente, no destruido por la parte demandada, de que la sanción impuesta al trabajador, dentro de un marco plural de imposición de sanciones a una pluralidad de trabajadores, es una actitud reactiva de la empresa frente a las reivindicaciones efectuadas en materia de riesgos laborales, lo que, seguido de una ausencia de justificación objetiva y razonable de la medida disciplinaria adoptada por la empresa, determina que se aprecie la vulneración del derecho fundamental al derecho o garantía de indemnidad, en el ámbito del artículo 24 CE, lo cual conlleva la declaración de la sanción como nula, conforme al artículo 115.1.d) LRJS, con los efectos inherentes a dicha declaración.

 

El Comité de Empresa de COTRONIC queremos agradecer a este compañero y a tantos otros que han sufrido represalias y sanciones su valentía en defensa de los derechos laborales. Son muchos los juicios por sanciones que quedan pendientes y esperamos que se haga justicia como en esta ocasión.


¡Solo tenemos una vida, que no te la arrebate tu empresa!