jueves, 23 de noviembre de 2017

PASO ATRÁS EN PRL? TENGAMOS UNAS NAVIDADES TRANQUILAS...



El pasado mes de Septiembre de 2017, el Servicio Mancomunado de Prevención de Riesgos Laborales del Comité Central de Seguridad y Salud de Telefónica, por fin y después de muchos accidentes de trabajo, incluso con resultado de muerte de compañeros, aprobó el “Procedimiento Operativo de Prevención TRABAJOS EN ALTURA”, con código TdE-POP-02-Trabajos en altura_Ed.01. (Incluido el Anexo1: Cuestionario de verificación para trabajos seguros con escalera).
Dicho documento específica que es de obligado cumplimiento para todas las EECC (empresas colaboradoras). El documento en cuestión es el que contiene este artículo, que consideramos clave en la lucha contra la accidentabilidad grave en el Sector.


Aparte de algunas ampliaciones, este nuevo documento concreta finalmente y acorde a lo que dicta la LPRL, que prevalecerán en los trabajos en altura, las medidas de protección colectivas frente a las individuales, independientemente del coste económico que ello conlleve; incluyendo en su página 19, en el apartado 4.3.2.1 Fachada, que “SIEMPRE QUE SEA POSIBLE PARA TRABAJO EN FACHADAS SE PRIORIZARÁ EL USO DE PEMP (plataforma elevadora)”. Hasta aquí bien.
Pues bien, fuentes de Inspección de Trabajo, nos comunican que dicho documento ha sido suspendido con el fin de efectuar algunas modificaciones en el mismo.
Desde TeleAfonica.net nos tememos que dicho cambio podría venir en la línea de modificar el uso de las medidas colectivas frente a las individuales con el fin de liberar de costes adicionales a las empresas colaboradoras, o lo que es lo mismo, a la propia Telefónica que es quien realmente es el pagador inicial. A riesgo de equivocarnos, preferimos publicar esto para alertar y prevenir lo que sería un claro paso atrás en la lucha contra los accidentes mortales en el Sector. 
Queremos transmitir a Telefonica-Movistar que no vamos a permitir que las empresas continúen trabajando por debajo de la ley, anteponiendo las medidas de protección individuales frente a las colectivas y que realizaremos todas las acciones necesarias a nuestro alcance hasta conseguir evitarlo.
Por una parte, si esto llegase a suceder, iniciaríamos una campaña para interponer una demanda judicial plural contra Telefónica-Movistar por parte de todos los comités y sindicatos que comparten este punto de vista que exponemos.
Instamos a Telefónica que no modifique dicho documento y lo ponga en conocimiento de todas las EECC para su obligado cumplimiento, ya que dicho documento se creó para salvaguardar la seguridad y salud de todos sus trabajadores y tratar de evitar que sigan produciéndose gravísimos accidentes. Instamos también a CCOO y UGT de Telefónica a que no entren en ese juego y preserven la integridad del documento actual. Sin su consentimiento, Telefónica no puede cambiar de forma unilateral ese documento y por eso esos sindicatos deben negarse a cambiar su redactado.
Tengamos las navidades y lo que pueda venir en paz. La paz social pende de un hilo y desde luego que no nos quedaremos de brazos cruzados. No nos dolerán prendas en movilizarnos, denunciar a la prensa y llevar a cabo todo tipo de acciones en defensa de nuestras legítimas aspiraciones de tener seguridad física en el trabajo. La paz, o redunda en beneficio de todos, o de nadie. 

1 comentario:

  1. Hola, una consulta sobre sanciones por no utilizar epis.... Hay cantidades fijadas por no usar epis,se puede sancionar economicamente a alguien a la primera... Un poco de í formación al respecto, por favor. Gracias

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Esperamos que esta medida no haga menguar el número de comentarios constructivos y de denuncia que se producían, ya que son necesarios para seguir haciendo frente a la precariedad del Sector.
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